APDH repudia la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 29 de septiembre, mediante la cual revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), organismo nacional de defensa de los derechos humanos, con estatus consultivo ante el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, expresa su profunda preocupación y rechazo ante la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 29 de septiembre, mediante la cual revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.
La decisión del máximo tribunal, fundada en la falta de legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y en la ausencia de un caso o controversia judicial en los términos constitucionales, no se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 154. Sin embargo, su efecto práctico es la plena vigencia de la derogación de la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales. De este modo, quedan sin efecto las restricciones que dicha ley establecía para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.
Para la APDH, esta situación plantea una cuestión que excede el debate estrictamente judicial y compromete de manera directa las responsabilidades constitucionales del Poder Legislativo.
La protección del territorio, de los recursos naturales y de los bienes estratégicos de la Nación constituye una dimensión relevante de los derechos de los pueblos y de las generaciones presentes y futuras. La posibilidad de una concentración y extranjerización irrestricta de tierras rurales exige, por ello, un debate democrático, público y sustantivo en el ámbito que la Constitución Nacional reserva al Congreso de la Nación.
En este contexto, la APDH solicita a las diputadas y los diputados de la Nación que asuman activamente su responsabilidad institucional y promuevan el tratamiento y rechazo definitivo del DNU 70/2023, de conformidad con las facultades que corresponden al Congreso en el control de los decretos de necesidad y urgencia.
Cabe recordar que el Senado de la Nación ya se pronunció expresamente en contra del DNU 70/2023 el 14 de marzo de 2024. Conforme al régimen establecido por la Ley 26.122, resta que la Cámara de Diputados se expida para que el rechazo de ambas Cámaras produzca la pérdida de vigencia del decreto.
La APDH entiende que, ante la nueva situación generada por la decisión de la Corte Suprema de Justicia, resulta indispensable que el Congreso ejerza plenamente sus atribuciones constitucionales y restablezca, mediante los mecanismos legislativos correspondientes, un régimen de protección del dominio nacional sobre las tierras rurales que contemple los intereses colectivos vinculados con el territorio, los recursos estratégicos y la soberanía nacional.
Por ello, solicitamos a usted, en su carácter de representante del pueblo de la Nación, que impulse con la mayor celeridad el tratamiento del DNU 70/2023 y contribuya a su rechazo definitivo en la Cámara de Diputados.
